Hazte Voluntario/a

La persona voluntaria es aquella que, de manera altruista y solidaria, sirve libremente a la sociedad, presta sus servicios para realizar actividades sin recibir una retribución dineraria.

Desde nuestra entidad consideramos el importante papel de la persona voluntaria como agente de cambio que persigue mejorar las condiciones de vida de las personas que más nos necesitan.

Es importante que se conozcan los derechos y deberes de los/as voluntarios/as regulados en los artículos 13 y 14 de la Ley 4 /2018 de 8 de Mayo Andaluza del Voluntariado:

Derechos.

  • Decidir libremente sobre la acción o programa de voluntariado.
  • A que la acción voluntaria sea desarrollada de acuerdo con programas que garanticen la calidad y duración de las actuaciones.
  • A recibir información, formación y orientación suficiente.
  • A que se garantice su dignidad e intimidad personal y familiar.
  • Seguro contra riesgos de accidentes, enfermedad y daños y perjuicios a terceros.
  • Acreditación identificativa.

Deberes.

  • Cumplir los compromisos adquiridos con las entidades de voluntario en las que se integren.
  • Guardar la debida confidencialidad respecto de la información recibida.
  • Rechazar cualquier contraprestación económica o material.
  • Actuar de forma diligente, responsable y solidaria.
  • Respetar los derechos de las personas destinatarias.
  • Seguir las instrucciones técnicas para el adecuado desarrollo de las actividades encomendadas.
  • Utilizar debidamente las acreditaciones y distintivos otorgados.
  • Respetar y cuidar los recursos materiales.
  • Cumplir las medidas de seguridad y salud.
  • Participar en las tareas formativas previstas por la entidad.
  • Cumplir las normas sobre protección y tratamiento de datos de carácter personal.
  • Respeto a los derechos de los destinatarios.
  • No utilizar la acción voluntaria con fines propios.
  • Notificar la renuncia con antelación.